lunes, 21 de marzo de 2016



Psicología de la Negociación Exitosa.



Compartio Informacion: Paola Castellanos

¿¿ ARBITRAJE ??






Fuente Informacion: Imagenes Google
Compartio Informacion: Paola Castellanos


La resolución de problemas es una de las habilidades más esenciales en la vida. Sin importar quién seas o lo que hagas, siempre tendrás obstáculos que enfrentar. La forma en que haces frente a estos desafíos será, muchas veces, un factor determinante en el éxito que tengas en la vida. Puesto que los problemas se presentan de muchas formas y tamaños diferentes, este artículo te dará algunas herramientas que te ayudarán a encontrar soluciones.

Imagen titulada Solve a Problem Step 1

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Hay muchas formas de resolver problemas; la determinación del mejor enfoque dependerá de tu situación, tu experiencia, tu conocimiento, tu actitud y tu problema.
  • Tu situación puede ser que tienes un problema a largo plazo que requerirá de tiempo para resolver, como un conflicto legal o un asunto personal. Tu situación puede ejercer presión, pero puede no ser inmediata; tal puede ser el caso de resolver un problema en el trabajo, o ayudar a tu hijo a obtener una mejor calificación en el examen de la próxima semana. En extremo, tu situación puede ser terrible, como descubrir que tu avión monomotor se ha quedado sin gasolina y necesitas una solución inmediata.
  • Tu experiencia entra en juego para todo lo anterior.
    • Si eres abogado o asesor, sabrás cómo dirigir cuestiones jurídicas y asuntos personales a través del entrenamiento y la experiencia, y sabrás cuáles son los mejores enfoques para resolver esos problemas.
    • Si eres educador, o incluso padre de un hijo mayor, ya has experimentado las dificultades de tomar exámenes, y tendrás las habilidades necesarias para ayudar a tu hijo a tener éxito.
    • Si estás en serios problemas, probablemente confiarás en tu instinto para solucionar el problema. Como piloto, te has entrenado para saber cómo reaccionar en caso de emergencia.
Imagen titulada Solve a Problem Step 2

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Usa la lógica para llegar a una conclusión. Para resolver prácticamente cualquier problema, puedes usar un proceso de eliminación, dividiendo el asunto hasta que lo único que quede sea el problema. Hay cuatro pasos básicos para llevar a cabo este proceso:
  • 1. Define el problema
  • 2. Desarrolla un plan
  • 3. Lleva a cabo el plan
  • 4. Evalúa los resultados
  • Hasta que no hay una respuesta aceptable, debes repetir del paso 2 al 4, hasta que hayas encontrado la respuesta. Usaremos un problema común para ejemplificar esta situación hipotética.
Imagen titulada Solve a Problem Step 3

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Define el problema. Tu auto no arranca, no hay nadie cerca, y la mecánica automotriz es un completo misterio para ti. Es un auto completamente nuevo, por lo que no estás familiarizado con él. Además, vas a llegar tarde al trabajo si no logras hacer que el auto arranque, por lo que depende de ti averiguar cuál es el problema. Hay muchos asuntos con los que tienes que lidiar, pero solo hay un problema: tu auto no arranca.
  • Cuando definas el problema, no tengas en cuenta los asuntos ajenos, solo el problema real. Puedes considerar los otros asuntos más adelante.
Imagen titulada Solve a Problem Step 4

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Ten un plan. Es importante desarrollarlo para resolver cualquier problema, y es la clave para mantener el proceso en marcha y encontrar la solución en el menor tiempo posible. Para nuestro ejemplo, el plan es sencillo, aunque tal vez no sea simple, ya que un auto es una máquina bastante compleja. El plan será romper el problema en pequeños problemitas que sean más fáciles de resolver, hasta que nos quedemos con la causa real del problema.

Imagen titulada Solve a Problem Step 5

Lleva a cabo el plan. Vamos a empezar con grandes preguntas obvias, con sí o no como respuesta. Saber cuál no es el problema, es tan importante como saber cuál es el problema.
  • ¿El motor gira cuando tratas de arrancarlo? Si es así, entonces la batería no es el problema, y con esto has eliminado una posibilidad importante. Si no gira, entonces sabemos que el problema probablemente es eléctrico. Para este ejemplo, vamos a decir que no giró.
    • Ahora sabemos que el problema probablemente se encuentra en algún lugar del sistema eléctrico, ya sea en el motor de arranque, en la batería o es algún otro problema eléctrico
Imagen titulada Solve a Problem Step 6

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Evalúa los resultados. ¿Qué descubriste con la primera prueba? ¿Giró un par de veces, y luego redujo la velocidad y se detuvo? ¿Solo hizo un clic? Si fue así, el problema sería probablemente que la batería está muerta. Sin embargo, para este ejemplo, lo que sucedió fue que ni el motor de arranque ni el motor emitieron ningún sonido en absoluto, y el auto ni siquiera intentó arrancar. Esto podría significar que la batería está totalmente muerta, excepto que, al girar la llave, todas las luces del tablero y el radio se encendieron, como siempre.
  • Ahora sabemos que la batería parece estar bien, pero hay algo que sigue impidiendo que el auto arranque. Así que sabemos que el problema es que la electricidad no está llegando al motor de arranque cuando se gira la llave. Sin embargo, saber eso no te ayudará a llegar al trabajo, por lo que debes empezar de nuevo desde el paso 2.
Fuente de informacion: http://es.wikihow.com/resolver-problemas
Compartio informacion: Paola Castellanos

domingo, 20 de marzo de 2016

Conciliar es Jugar Limpio


Ventajas de la conciliación
1. Rapidez, ya que son más ágiles los trámites en la conciliación y el arbitraje en comparación con los exigidos en un juicio.
2. Menores cotos, puesto que hay menos trámites que realizar respecto a una tramitación de un juicio porque necesariamente no se requiere de un abogado, ni hay que pagar por una notificación o publicación en un periódico, entre otros.
3. Fomenta el protagonismo de las partes, la participación, el diálogo, la colaboración y el respeto mutuo porque promueve la cultura democrática y de los acuerdos.
4. Toma en cuenta los intereses y realidades de las personas en conflicto.
5. Los acuerdos a los cuales se llega son más duraderos, pues las personas se comprometen voluntariamente en una solución, mientras que en un juicio o una demanda estos son obligatorios.
6. Disminuye los costos emocionales de un conflicto, porque casi siempre se logran acuerdos y no se busca destruir al otro. En un proceso judicial una sola de las partes gana y la otra pierde.
7. Lo acordado tiene plena validez legal.
8. De no lograrse el acuerdo, se cumple con el requisito de procedibilidad, exigencia legal previa para poder acudir a un juzgado.

jueves, 17 de marzo de 2016

Conciliación

Es un mecanismo por medio del cual dos o más personas (naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras) gestionan por sí mismas, de manera autónoma y con plenos efectos legales, la solución de sus conflictos con la ayuda de un tercero neutral y calificado denominado Conciliador. El acta de acuerdo tiene los mismos efectos de una sentencia.



Asuntos conciliables: son conciliables todos los asuntos susceptibles de transacción y desistimiento.
Efectos: el acuerdo conciliatorio se plasma en un documento llamado acta de conciliación que hace tránsito a cosa juzgada y presta mérito ejecutivo.

Para acceder a este servicio debe presentarse:

  1. Solicitud escrita, la cual debe contener la identificación de las partes (nombre, documento de identidad, dirección, teléfono, fax y correo electrónico), una relación de los hechos que dieron origen al conflicto y lo que se pretende a través de la conciliación, con la respectiva estimación económica o con la manifestación de que sus pretensiones carecen de valor.
  2. Todos aquellos documentos que la parte solicitante considere que sirvan de soporte a la solicitud, como: poder, certificados de existencia y representación legal, matrículas inmobiliarias, escrituras, entre otros.
  3. Copias de traslado para los solicitados.

COMPARTE: OLGA ANZOLA

martes, 15 de marzo de 2016

Evolución Jurídica del Arbitraje



El arbitraje no siempre ha sido concebido como actualmente lo conocemos ha desarrollado todos sus componentes y características con el pasar de los años desde su aparición jurídica en el año 1890. A continuación se presenta una síntesis de esta evolución:


Toda esta legislación ha dado como resultado en Colombia lo que actualmente conocemos como la LEY 1563 DE 2012 "Por medio de la cual se expide el Estatuto de Arbitraje Nacional e Internacional y se dictan otras disposiciones". Esta ley indica todo el procedimiento arbitral como parte de los MASC, sus características y alcance como parte de  las herramientas aplicables a la reducción de la violencia en nuestro país.

Comparte : Norma Gómez
¡Como Reportar el Acoso Laboral!

Todo trabajador debe saber que cuenta con formas para reportar o denunciar el acoso laboral. Hay  una serie de acciones legales que acogen al trabajador y le ayudarán a defender sus derechos a continuación voy a mencionar unas de ellas para que todos las tengamos en cuenta en caso de ser víctimas de este tipo de acoso.



  • Lo primero que se debe hacer si se es víctima de este tipo de acoso en su puesto de trabajo es acudir a un profesional que te ayude a detener los afectos del mismo




  • Lo segundo que debe a hacer el afectado es poner en aviso al comité de seguridad y salud en el trabajo para que empiecen la investigación y si la empresa no cuenta con esta área acercarse a una oficina de trabajo y reportar el caso en cuestión




  • El trabajador debe generar un carta donde exponga el caso a la empresa informando lo sucedido y dejando constancia para sí mismo de que la empresa ha recibido esta información (un recibido)




  • A partir de ese momento todas la reuniones negociaciones o todo tipo de interacción con caso al tema lo deberán hacer conjunto con el representante sindical del acosado para que él se sienta respaldado y apoyado en el caso





  • El siguiente paso a seguir es denunciar de forma administrativa al acosador reportando de una forma explícita y detallada el acoso la forma el quien cuando y donde




  • También si es necesario se puede denunciar este acoso por vía judicial es recomendable estar asesorado por un abogado ya que estas instancias son muy complejas y complicadas



  • También debemos tener en cuenta que si producto de este acoso se a adquirido alguna enfermedad o incapacidad laboral o pensión esta deberá ser cubierta por la seguridad social, hay que tener muy en cuenta que se deben aportar dictámenes médicos que sustenten el hecho


Comparte: Diego Medina Medina











domingo, 13 de marzo de 2016

LOS MEDIOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
Pueden ser de tipo autocompositivo o heterocompositivo, en la primera las partes resuelven directamente el conflicto, mientras que en la segunda facultan a un tercero para la resolución del mismo.
Autocompositivos:

Ø Transacción
Ø Conciliación
Ø Mediación
Heterocmopositivos:

Ø Amigable Composición
Ø Arbitraje

Ø Justicia Ordinaria


Comparte: Olga Anzola
NEGOCIACIÓN MEDIACIÓN Y ARBITRAJE
La negociación es un proceso, podríamos decir un arte por el que las partes resuelven conflictos, acuerdan líneas de conducta, buscan ventajas individuales o colectivas. En ella se establece una comunicación interesada para intentar alcanzar un acuerdo cuya esencia es la búsqueda del mutuo beneficio. Sus reglas están históricamente en la costumbre y el resultado es un acuerdo. Las partes son titulares de los derechos y de las obligaciones, es decir, del objeto que se negocia.
La resolución de la negociación es la firma de un contrato.
La transacción
La transacción es un contrato. En ella las partes también deben tener disponibilidad del objeto, ya que al igual que en la negociación, se producen recíprocas concesiones, para las cuales es necesario poseer la facultad de disponer de los derechos que se pretendan transigir.  Dice el artículo 1.809 del Código Civil que “La transacción es un contrato por el cual las partes, dando, prometiendo o reteniendo cada una alguna cosa, evitan la provocación de un pleito o ponen término al que había comenzado”.
La transacción no trasmite derechos u obligaciones sino que declara o reconoce esos derechos u obligaciones sobre los que recae el objeto de la transacción.  Como consecuencia de una transacción si se pueden extinguir obligaciones, bien como señala el artículo 1.156 del Código Civil, por el pago, la condonación, la compensación, etc. o pueden nacer otras como la obligación de comprar, de permutar, de pignorar, de avalar, de renunciar, etc.
¿Sobre qué objetos no puede haber transacción?  El Código Civil establece claramente en los artículos 1.811 y siguientes las limitaciones, por ejemplo:  el tutor no puede transigir sobre los derechos de la persona que tiene en guarda; Se puede transigir sobre la acción civil proveniente de un delito; pero no por eso se extinguirá la acción pública para la imposición de la pena legal; no se puede transigir sobre el estado civil de las personas ni sobre las cuestiones matrimoniales, ni sobre alimentos futuros.
La transacción se produce, se negocia, entre las propias partes, se somete a la aprobación de un tercero, que es el juez y tiene para las ellas y por intercesión del este órgano la autoridad de la cosa juzgada. Pero no procederá la vía de apremio sino mediante la ejecución del Auto de homologación del acuerdo transaccional al que hace referencia la Ley de Enjuiciamiento Civil  al establecer en su artículo 19 que los litigantes están facultados para disponer del objeto del juicio y podrán renunciar, desistir, allanarse, someterse a arbitraje y transigir sobre lo que sea objeto del mismo.

La resolución de una transacción es la obtención de un auto de homologación del acuerdo Transaccional.
El Arbitraje
El Arbitraje es también un procedimiento, en nuestro caso reglado en la Ley de Arbitraje de 26 de diciembre de 2003 que deroga la anterior del año 1988 que a su vez, derogaba los artículos 1.820 y 1,821 del Código Civil sobre los Compromisos.
Procedimiento por el cual las partes titulares del objeto en conflicto, someten la controversia a la decisión de un tercero que puede actuar bien fundando su resolución en equidad o bien en derecho. Este tercero puede no ser un juez, salvo el caso del artículo 17.3 de la Ley de Propiedad Horizontal, puede no ser un letrado, pero debe ser  cualquier persona que conozca la materia objeto de conflicto.
La regla general es que son susceptibles de arbitraje “las controversias sobre materias de libre disposición conforme a derecho” tal y como dispone el artículo 2 de la Ley de Arbitraje en vigor.
No son susceptibles de arbitraje, al igual que en la transacción, las cuestiones sobre el estado civil de las personas, las cuestiones matrimoniales y los alimentos futuros.
La resolución del Arbitraje es la obtención de un laudo
La mediación
La mediación es otro proceso de solución de conflictos.
El antecedente próximo en nuestra legislación, además del Compromiso derogado por la ley de Arbitraje, es la regulación, aun en vigor del Acto de Conciliación de la antigua Ley de Enjuiciamiento de Civil, artículo 460 y siguientes, que curiosamente da comienzo al libro que regula la jurisdicción contenciosa, siendo como es en la actualidad un procedimiento de jurisdicción voluntaria. En él, el Juez “procura avenir a las partes” y si no pudiera conseguirlo, se dará el acto “por terminado sin efecto”.
Siguiendo la Guía de la mediación en el marco de la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUALun tercero neutral, el mediadorayuda a las partes a solucionar su controversia de manera mutuamente satisfactoria. Cualquier acuerdo al que lleguen las partes se formaliza en un contrato.
La mediación es un modo eficaz y económico de alcanzar ese resultado manteniendo, y en ocasiones mejorando, la relación entre las partes.
Las características principales de la mediación son:
La mediación es un procedimiento no obligatorio controlado por las partes. En una mediación, no se puede imponer una decisión a las partes. A diferencia del árbitro o el juez, el mediador no toma decisiones. La función del mediador consiste en ayudar a que las partes lleguen a un acuerdo sobre la solución de la controversia.
Es más, aun cuando las partes hayan convenido en someter una controversia a la mediación, no están obligadas a continuar el procedimiento de mediaciónsi consideran que la continuación del procedimiento va en contra de sus intereses. No obstante, cuando han decidido recurrir a la mediación, las partes suelen participar activamente en la misma.
Si deciden someter la controversia a mediación, las partes deciden con el mediador cómo se llevará a cabo el procedimiento.
La mediación es un procedimiento confidencial. En una mediación, no se puede obligar a las partes a divulgar información que deseen mantener confidencial. Cuando, a los fines de solucionar la controversia, una parte opta por divulgar información confidencial o reconoce ciertos hechos, esa información no podrá ser divulgada fuera del contexto de la mediación, incluso si se lleva el caso ante los tribunales o se somete a arbitraje. La existencia y el resultado de la mediación son también confidenciales.
El carácter confidencial de la mediación permite a las partes negociar de manera más libre y productiva, sin temor a la publicidad.
La mediación es un procedimiento basado en los intereses de las partes.En un litigio ante los tribunales o en un proceso de arbitraje, el resultado de un caso está determinado por los hechos objeto de la controversia y el derecho aplicable. En la mediación, las partes pueden guiarse asimismo por sus intereses comerciales o particulares. Así pues, las partes pueden decidir libremente el resultado considerando el futuro de su relación comercial, institucional, profesional o personal y no únicamente su conducta previa.
Cuando las partes tienen en cuenta sus intereses y entablan un diálogo, la mediación suele traducirse en un acuerdo que crea más valor que el que se habría creado si no hubiese surgido la controversia en cuestión.
La mediación, por su carácter no obligatorio y confidencial, entraña un riesgo mínimo para las partes y genera beneficios considerables. Es más, podría decirse que, aunque no se llegue a un acuerdo, la mediación nunca fracasa ya que permite que las partes definan los hechos y las cuestiones objeto de la controversia, preparando el terreno para procedimientos arbitrales o judiciales posteriores.

La resolución de la mediación es la firma por las partes de un acta de mediación.

Compartido por: Olga Anzola